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Corte Suprema

YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES S.A. c/ s/LEY 22262 - COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA - SECRETARIA DE COMERCIO E INDUSTRIA

La Procuración General dictaminó que el recurso extraordinario de YPF S.A. es en gran parte inadmisible y que, en lo admisible, corresponde confirmar la condena por abuso de posición dominante y la multa impuesta por la Resolución 189/99. Sostuvo que la acción por infracciones administrativas se rige por el Código Penal y que, por tratarse de una práctica continuada, la prescripción no prosperó.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Y. 1. XXXVII. RHE
Abuso de posicion dominante Defensa de la competencia Ley 22.262 Prescripcion de infracciones Unidad de accion Mercado relevante Discriminacion de precios Clausula de no reimportacion Recurso extraordinario Arbitrariedad.

¿Quién es el actor?

Comisión Nacional de Defensa de la Competencia / Secretaría de Industria, Comercio y Minería (autoridad de aplicación).

¿A quién se demanda?

Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. (YPF S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que confirmó la Resolución 189/99, por abuso de posición dominante en el mercado de GLP a granel (discriminación de precios entre compradores nacionales y extranjeros y cláusulas de no reimportación).

¿Qué se resolvió?

La Procuración General opina que el recurso es inadmisible en lo relativo a la calificación de la conducta y la sanción, por tratarse de cuestiones de hecho, prueba y derecho común; que el agravio sobre prescripción es admisible en su planteo, pero improcedente en su resultado, por tratarse de una acción continuada; que el agravio sobre las conductas positivas impuestas (art. 26, inc. b, ley 22.262) suscita cuestión federal y debe ser desestimado; y que corresponde confirmar la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el régimen establecido en el art. 35 de la ley rige exclusivamente para los delitos que prevé el art. 41. ... a falta de un dispositivo expreso para la prescripción de la acción en lo referido a las infracciones, adquiere vigencia la aplicabilidad supletoria de las reglas del Libro I del Código Penal, al que remite el art. 43 ..."

"...lo prohibido en el abuso de posición dominante es una particular forma de actividad comercial, una práctica abusiva que puede -aunque no precisa- prolongarse en el tiempo y materializarse en numerosos actos individuales, sin que por ello pierda unidad."

"...la doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto corregir fallos equivocados o que se consideren tales sino que atiende solamente a supuestos de excepción..."

"...las conductas impuestas por el art. 2° de la resolución impugnada encuentran sustento tanto en el texto legal antes citado como en su propia finalidad de coadyuvar al cumplimiento de la orden de cesar inmediatamente las conductas de abuso de posición dominante..."

Normas que cita

  • Ley 22.262arts. 1, 2, 26, 27, 35, 41, 42, 43
  • CParts. 55, 62, 63, 67
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Decreto 666
  • Resolución 189arts. 1, 2, 3, 4, 5

Fallos que cita

  • Fallos 300:712CSJN
  • Fallos 312:2066CSJN
  • Fallos 315:2370CSJN
  • Fallos 275:241CSJN
  • Fallos 300:716CSJN
  • Fallos 301:339CSJN
  • Fallos 313:1224CSJN
  • Fallos 323:2870CSJN
  • Fallos 304:279CSJN
  • Fallos 313:510CSJN
  • Fallos 316:2561CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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