COMPAÑIA PAPELERA SARANDI S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/EXPROPIACION INVERSA
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el perito ingeniero Luis Perri y declaró procedente el recurso extraordinario contra la regulación de honorarios fijada en una causa de expropiación inversa. Dejó sin efecto la sentencia de la Cámara por violación del derecho de defensa, al no haberse corrido traslado al recurrente de los peritajes en los que se basó la reducción de la base regulatoria.
¿Quién es el actor?
Compañía Papelera Sarandí S.A. (en el juicio principal de expropiación inversa); el recurrente en la queja es el perito ingeniero Luis Perri.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios del perito ingeniero Luis Perri, en función de la base regulatoria fijada en el juicio de expropiación inversa.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el exceso de jurisdicción en la disminución de la base regulatoria: "los agravios atinentes al exceso de jurisdicción en que habría incurrido el a quo al disminuir la base regulatoria adoptada por el juez de primera instancia, no justifican la apertura de la instancia extraordinaria, por lo que en este aspecto el recurso es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
Sobre la violación del derecho de defensa: "en lo referente a las objeciones relativas a la violación del derecho de defensa que se habría configurado por la omisión de dar adecuado traslado al recurrente de los peritajes en los que se sustentó la decisión de disminuir el monto del juicio a los fines regulatorios, esta Corte Suprema comparte los fundamentos y conclusiones contenidos en el considerando III del dictamen del señor Procurador General de la Nación en la causa C.1199.XXXV."
Los agravios sobre violación de defensa en juicio fueron los únicos admitidos, por remisión al dictamen del Procurador General.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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