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Corte Suprema

EMPRESA ALAS ARGENTINAS S.R.L. c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR

La Procuración General dictaminó que correspondía admitir la queja interpuesta por el Estado Mayor de la Fuerza Aérea y dejar sin efecto la medida cautelar que había mantenido la suspensión de la rescisión de un permiso de uso aeroportuario otorgado a Alas Argentinas S.R.L. El dictamen sostiene que el permiso es una autorización precaria y que la cautelar no podía sostenerse frente a esa naturaleza jurídica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 143. XXXVI. RHE
Permiso de uso Precariedad Medida cautelar Aeropuerto san fernando Privatizacion aeroportuaria Decreto 375/97 Rescision de permiso Recurso extraordinario Queja Fuerza aerea argentina.

Actor (quien demanda): Empresa Alas Argentinas S.R.L.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Mayor de la Fuerza Aérea, que interpuso el recurso extraordinario).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la disposición del jefe de la Región Aérea Centro que rescindió el Permiso de Uso 17/92 sobre un espacio en el aeropuerto de San Fernando.

¿Qué se resolvió?

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, por mayoría, mantuvo la medida cautelar que suspendió los efectos de la rescisión y ordenó a la Fuerza Aérea abstenerse de innovar mientras tramitara la acción ordinaria. Contra esa decisión se interpuso recurso extraordinario, denegado, y luego recurso de queja. La Procuración General dictaminó que corresponde admitir la queja y dejar sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A fs. 65/67 la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal [por mayoría] resolvió mantener la medida cautelar que suspendió los efectos de la disposición por la cual el jefe de la Región Aérea Centro, rescindió el Permiso de Uso 17/92, otorgado a favor de la empresa Alas Argentinas S.R.L., de un espacio en el aeropuerto de San Fernando, a la vez que ordenó a la Fuerza Aérea que se abstenga de innovar respecto de la situación del permisionario en tanto tramitare la acción ordinaria."

"Sostuvo que el acto que aprobó el Pliego de Bases y Condiciones para la privatización del servicio público aeroportuario [decreto 375/97] al disponer la inclusión de la subsistencia de las concesiones vigentes, parecía sostener el derecho de quienes resultaren ser concesionarios de servicios en su ámbito, calidad que era justamente invocada por la empresa Alas Argentinas S.R.L."

"Consideró, además, configurada la existencia de un daño grave e inminente frente a la acreditación de las inversiones que había llevado a cabo la empresa accionante."

El Estado Mayor agravió sosteniendo que: "la relación entre las partes [...] se trata de un permiso de uso estipulado en la ley 13.041, autorización esencialmente precaria que importa un simple acto de tolerancia."

Citó el art. 60 del decreto 1674/76 como norma que autoriza a la Fuerza Aérea a rescindir concesiones y permisos.

El dictamen remite a lo sostenido en el precedente S.43.XXXIV, "Sociedad Aeronáutica San Fernando S.R.L. y otros c/ Estado Nacional" (Fallos: 323:327), en el que la Corte hizo suya la opinión de la Procuración: "opino que cabe admitir la presente queja y dejar sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario."

Normas que cita

  • Ley 13.041Aeronautica
  • Decreto 375
  • Decreto 1674art. 60
  • Decreto 842
  • Constitución Nacionalart. 17

Fallos que cita

  • Sociedad Aeronáutica San Fernando S.R.L. y otros c/ Estado NacionalCSJN · Fallos 323:327
  • Alas Argentinas S.R.L. c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN

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