DE LA FUENTE MANUEL EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La ANSeS no presentó memorial y sus recursos ordinarios fueron declarados desiertos. La Corte hizo lugar a los recursos del Ministerio Público y revocó las sentencias apeladas, remitiendo a lo resuelto en Arena sobre la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 (Solidaridad Previsional).
¿Quién es el actor?
Manuel Eduardo De la Fuente (y, en la causa acumulada, Roque Evaristo Villaverde).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de haberes jubilatorios.
¿Qué se resolvió?
se declararon desiertos los recursos ordinarios de la ANSeS por falta de memorial (art. 280, segundo párrafo, CPCCN); se declararon procedentes los recursos del Ministerio Público y se revocaron las sentencias apeladas con el alcance fijado en el precedente "Arena"; costas por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en razón de haberse notificado a la ANSeS de las providencias que ordenaban poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."
"Que los agravios del Ministerio Público, vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
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