GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES c/ EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SA Y OTRO s/EJECUCION FISCAL
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravio, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento. La Dra. Argibay votó en disidencia por desestimar la presentación directa por no dirigirse el recurso contra una sentencia definitiva.
¿Quién es el actor?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Empresa Nacional de Correos y Telégrafos S.A. (en liquidación), que es quien interpone la queja.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no reproduce el objeto del reclamo original).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravio. Costas por su orden. Las actuaciones se devolvieron al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas han sido correctamente examinadas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal, y a los que corresponde remitir a fin de evitar reiteraciones innecesarias."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48)." Por ello, desestimó la presentación directa. Esta es la posición de la minoría y no la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
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