DAGOSTINO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/REAJUSTE DE HABERES
El personal militar, en actividad y retirado, reclamó el reajuste de sus haberes con los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios del Estado Nacional y confirmó las sentencias que habían reconocido el carácter remunerativo y bonificable de esos adicionales, remitiendo a sus precedentes Fallos 322:1868 y 2398.
¿Quién es el actor?
Personal militar en actividad y retirado (D. 205. XXXVIII y otros autos acumulados).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Defensa).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes mediante el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada y confirmó las sentencias apeladas, con el alcance indicado en los precedentes citados. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en Fallos: 322:1868 y 2398, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad, sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de dichos precedentes."
"Que contra los pronunciamientos de la alzada que confirmaron las sentencias de las instancias anteriores que habían hecho lugar a las demandas deducidas por personal militar -en actividad y retirado- y decidieron el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92, la demandada dedujo los recursos extraordinarios que fueron concedidos por encontrarse en tela de juicio la interpretación de normas de naturaleza federal."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Decreto 2000
- Decreto 628
Fallos que cita
- Fallos 322:1868CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.