JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PENNA JUAN DOMINGO s/CAUSA N° 5037

La Corte Suprema hizo lugar a la reposición planteada por la defensora general y dejó sin efecto la intimación para acompañar la resolución que concedía el beneficio de litigar sin gastos a Juan Domingo Penna. Consideró que ese beneficio, otorgado en la queja P.1284.XL dentro del mismo juicio, debía extenderse a esta presentación directa, dado que el imputado continúa privado de su libertad y su situación económica no cambió.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 585. XLIII. RHE
Beneficio de litigar sin gastos Reposicion Recurso de hecho Intimacion Art. 286 cpccn Extension de efectos Privacion de libertad Situacion patrimonial Causa penal Presentacion directa

Actor/recurrente: Stella Maris Martínez, defensora general de la Nación, en representación de Juan Domingo Penna, detenido.

Demandado/contraparte: No aplica (recurso de hecho en causa penal); el tribunal de origen es la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reposición de la resolución de fs. 18, que había intimado a la parte a acompañar copia de la resolución que le concedió el beneficio de litigar sin gastos, o a efectuar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la reposición y se deja sin efecto la intimación de fs. 18.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que asiste razón a la parte recurrente toda vez que el beneficio de litigar sin gastos concedido oportunamente a favor de Penna, tuvo lugar en el mismo juicio en el que luego se dedujo esta presentación directa, circunstancia que aunada a que el nombrado no habría modificado su estado patrimonial en razón de seguir detenido, corresponde extender sus efectos."

Argumento de la defensora (recogido en el fallo): "la situación económica de su asistido no ha variado desde que se le concedió el beneficio de litigar sin gastos en la queja P.1284.XL 'Penna, Juan Domingo s/ recurso de queja', en tanto y en cuanto, desde entonces permanece privado de su libertad y, en consecuencia, resulta insustancial la realización de un nuevo trámite dirigido a idénticos fines."

Normas que cita

  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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