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Corte Suprema

MACUR SA c/ DEL GAUDIOFERNANDO CIRO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema, por mayoría, admitió el recurso extraordinario de los ejecutados en un juicio de ejecución hipotecaria y revocó la declaración de inconstitucionalidad de las normas de emergencia económica. Aplicando el principio del esfuerzo compartido, condenó a los demandados a pagar en pesos con una conversión a un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria, manteniendo la tasa del 8% anual consentida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 2021. XLII. REX
Ejecucion hipotecaria Emergencia economica Pesificacion Principio del esfuerzo compartido Conversion a pesos Brecha cambiaria Recurso extraordinario Ley 48 art. 16 Tasa de interes consentida Costas en el orden causado

Actor (acreedora): Macur S.A.

Demandados (ejecutados): Fernando Ciro Del Gaudio y Selva Mabel Mattos de Del Gaudio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un crédito nominado en moneda extranjera.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte admitió formalmente el recurso extraordinario, revocó lo decidido en cuanto declaraba la inconstitucionalidad de las normas de emergencia económica y condenó a pagar en pesos conforme a la fórmula de conversión a un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria. No se aplicó la tasa admitida en el precedente "Longobardi" porque los ejecutados habían consentido la tasa del 8% anual. Las costas se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.971.XL 'Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L. s/ ejecución hipotecaria' (Fallos: 330:5345) con fecha 18 de diciembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." "Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en la citada causa." "Atento a que los ejecutados consintieron la decisión de primera instancia que fijó la tasa de interés en el 8% anual, no corresponde aplicar la tasa admitida en el precedente citado."

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remitieron a sus disidencias en "Longobardi" (no constituyen la decisión del tribunal).

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

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