MATTARANA NORBERTO ENRIQUE c/ P.E.N. - LEY 25591 - DTO 1570/01 Y 214/02 s/AMPARO
La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del corralito financiero y reconoció al actor el derecho a recuperar sus depósitos convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual. La decisión remite a los precedentes Massa y Kujarchuk y limita el reconocimiento al monto fijado por la cámara.
¿Quién es el actor?
Norberto Enrique Mattarana.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional), Banco Central de la República Argentina y Banco Río de la Plata S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo contra las normas del denominado "corralito financiero" que restringieron la disponibilidad de depósitos bancarios.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que había admitido el amparo y declarado la inconstitucionalidad de las normas. Se reconoció el derecho del actor al reintegro de su depósito convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta y de sumas entregadas por medidas cautelares, y con exclusión de los supuestos de canje por bonos o de aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; se mantienen las de las instancias anteriores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, a los fundamentos y conclusiones de los precedentes "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27 de diciembre de 2006), "Apiriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 214/02 y 1570/01 s/ amparo ley 16.986" (Fallos: 330:331, 6 de marzo de 2007, con remisión del juez Fayt) y "Kujarchuk, Pablo Felipe c/ P.E.N. - ley 25.561 - dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986" (28 de agosto de 2007), cuyos textos se encuentran publicados en la página web del Tribunal. El reconocimiento del derecho es, en su caso, con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 25.591
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
- Apiriz, María Marcela c/ P.E.N.CSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
- Kujarchuk, Pablo Felipe c/ P.E.N.CSJN · 28/08/2007
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