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Corte Suprema

CARRANZA JUAN ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por las partes y confirmó las sentencias apeladas en cuanto a la tasa de interés, aplicando lo resuelto en Aguilar, Froilán. Revocó las sentencias con el alcance fijado en Schiariti, Iglesias y Arena, en materia de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y del art. 21 de la ley 25.231 (Solidaridad Previsional).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1291. XXXVII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 24.463 Ley 25.231 (solidaridad previsional) Art. 21 Tasa de interes Anses Haber previsional Costas.

¿Quién es el actor?

Juan Roberto Carranza (y, en la causa conexa P.22.XXXVIII, Eduardo Jorge Pina).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional (reajustes por movilidad).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios; se confirmaron las sentencias en cuanto a la tasa de interés según "Aguilar, Froilán"; se revocaron con el alcance fijado en "Schiariti", "Iglesias" y "Arena". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

Considerando 2°: "Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Que los agravios vinculados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en la causa A.376.XXXV. 'Aguilar, Froilán c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 21 de mayo de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Schiariti, Oscar NicolásCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • Aguilar, Froilán c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 21/05/2002

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