MARIQUEO CRISTOBAL c/ MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y OTRO Y OTRO s/PARTIPACION ACCIONARIADO OBRERO
La Corte Suprema hizo lugar a las quejas por denegación de recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional en reclamos vinculados a YPF y revocó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Santillán. La ministra Argibay votó en disidencia por declarar inadmisibles los recursos.
¿Quién es el actor?
Cristóbal Mariqueo; José Luis Sepúlveda (en la causa conexa S.1976.XLI).
¿A quién se demanda?
Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación y otro (YPF S.A. en la causa conexa).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la resolución, que se limita a remitir a otra causa.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hicieron lugar a las quejas, se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se revocaron las sentencias apeladas y se devolvieron los autos para que se dicten nuevos pronunciamientos conforme al precedente. Se eximió a las recurrentes de integrar el depósito diferido según la acordada 47/91.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en el expediente S.2178.XLI 'Santillán, Felipe Oscar c/ Y.P.F. Yacimientos Petrolíferos Fiscales y otro' -considerandos 3º y 4º-, fallada el 12 de agosto del presente año, a cuyas consideraciones corresponde remitirse por razones de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que los recursos extraordinarios, cuyas denegaciones originaron las quejas en examen, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Propuso desestimar las quejas e intimar al depósito del art. 286 CPCCN.
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Normas que cita
- Acordada 47
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Santillán, Felipe Oscar c/ Y.P.F. Yacimientos Petrolíferos Fiscales y otroCSJN · 12/08/2008
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