JurisprudenciaARG
Corte Suprema

OLIVA MANUEL PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público en un reclamo de reajuste por movilidad de un jubilado y revocó la sentencia apelada. La decisión remite al precedente Arena respecto de la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional y al fallo Torres Brizuela para los restantes agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 248. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste previsional Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad Precedente arena Precedente torres brizuela Prescripcion liberatoria Recurso ordinario Anses.

¿Quién es el actor?

Manuel Pedro Oliva.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de un beneficio previsional.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público, se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente "Arena", y las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que los agravios de la ANSeS vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ("Arena"), a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"2°) Que los agravios de la ANSeS respecto de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, como así también los relacionados con las modificaciones introducidas por la ley 24.463 sobre el cómputo de la prescripción liberatoria -art. 82, ley 18.037-, no se compadecen con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados y declarar sobre el punto la deserción del recurso."

"3°) Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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