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Corte Suprema

DAMIANI RONALDO JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema confirmó la sentencia que reajustó los haberes del actor por movilidad y rechazó los agravios de la ANSeS sobre el artículo 16 de la ley 24.463, por haber quedado satisfecha la pretensión con la doctrina de Fallos 319:3241 (Chocobar) y con el precedente Perletto. Los restantes agravios sobre el artículo 22 fueron resueltos en Fallos 323:1861 (Schiariti).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 636. XXXV. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste previsional Ley 24.463 Solidaridad previsional Art. 16 ley 24.463 Art. 22 ley 24.463 Recurso ordinario Cumplimiento de sentencias Costas Anses

¿Quién es el actor?

Ronaldo Juan Damiani.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes del haber previsional por movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de la Seguridad Social (Sala I) había confirmado el fallo de primera instancia que delimitó los distintos períodos sujetos a reajuste y difirió el tratamiento de la defensa del art. 16 de la ley 24.463 y de las objeciones al art. 22. La ANSeS interpuso recurso ordinario. La Corte confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463) y con comunicación a la Procuración del Tesoro (art. 6° de la ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en lo que respecta al art. 16 de la ley de solidaridad previsional, el organismo no logra demostrar el perjuicio que le ocasionaría la decisión apelada, habida cuenta de que la pretensión de que se contemplen las posibilidades económicas y financieras del Estado al momento de resolver el reajuste ha quedado satisfecha, toda vez que esas circunstancias fueron valoradas en el precedente de esta Corte publicado en Fallos: 319:3241 ('Chocobar') y que, a partir del 30 de marzo de 1995, se ordena aplicar la ley 24.463 (conf. doctrina fijada en la causa P.822.XXXVI 'Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', considerando 4°, del 5 de febrero de 2002)."

"los restantes agravios esgrimidos por la ANSeS relacionados con el diferimiento de lo establecido por el art. 22 de la ley 24.463 -en cuanto al orden de cumplimiento de las sentencias-, han sido examinados y resueltos por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti'), al que cabe remitirse en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 19, 21, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 05/02/2002
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861

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