PONCE JOSE HUMBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró desierto el recurso del Ministerio Público y admitió el de la ANSeS, revocando la sentencia que había reajustado el haber de José Humberto Ponce. El tribunal aplicó los criterios fijados en los precedentes Schiariti e Iglesias sobre la movilidad jubilatoria prevista en los artículos 22 y 23 de la ley 24.463.
¿Quién es el actor?
José Humberto Ponce.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber jubilatorio por movilidad.
¿Qué se resolvió?
se declaró desierto el recurso ordinario del Ministerio Público, se declaró procedente el recurso de la ANSeS y se revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los fallos "Schiariti" (Fallos: 323:1861) e "Iglesias" (causa I.110.XXXV, sentencia del 17 de abril de 2001). Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios de la ANSeS relacionados con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinados y resueltos por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."
"Los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."
"Los agravios del Ministerio Público no se compadecen con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 22, 23, 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Fallos 323:3135CSJN
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