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Corte Suprema

PAPAROTTI OSVALDO FRANCISCO Y OTRA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO

Los actores, ahorristas, reclamaron el reintegro de depósitos bancarios y de cuotas de fondos comunes de inversión tras la pesificación dispuesta por el Decreto 1570/01 y la Ley 25.561. La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas, rechazó la demanda respecto de los fondos comunes de inversión y reconoció el derecho a obtener el reintegro de los depósitos bancarios a $1,40 por dólar ajustado por CER, con intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1633. XXXIX. REX
Pesificacion Decreto 1570/01 Ley 25.561 Depositos bancarios Reintegro en pesos Cer Fondos comunes de inversion Amparo Recurso extraordinario Intereses.

¿Quién es el actor?

Osvaldo Francisco Paparotti y otra persona, junto con los demás actores acumulados en las causas indicadas.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y, en lo relativo a depósitos, la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por el Decreto 1570/01 y la Ley 25.561, y de cuotas de fondos comunes de inversión, mediante acción de amparo.

¿Qué se resolvió?

Se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. En cuanto a los fondos comunes de inversión, se rechaza la demanda en los términos de la causa "Mata Peña". En cuanto a los depósitos bancarios, se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro en pesos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando los pagos a cuenta previos. Las costas se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en lo relativo a los depósitos bancarios, las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"En lo que respecta a los fondos comunes de inversión resulta aplicable en las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa M.245.XXXIX. 'Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otro s/ amparo', sentencia del 11 de diciembre del 2007 a la que asimismo corresponde remitirse en lo pertinente."

Se aclara que el reconocimiento del derecho se efectúa con el límite pecuniario de lo decidido por la cámara y con exclusión de los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos del Estado o aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente.

El juez Fayt se remite a su voto en la causa P.914.XLII "Apiriz".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006
  • Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otro s/ amparoCSJN · 11/12/2007
  • KujarchukCSJN · 28/08/2007
  • Apiriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 06/03/2007

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