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Corte Suprema

LATTUADA CARLOS SERGIO Y OTROS c/ EMPRESA DE TRANSPORTE LINEA 93 LA NUEVA ERA Y Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. SIN LESIONES

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario interpuesto por la aseguradora citada en garantía en un reclamo por daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito sin lesiones. Revocó la sentencia y declaró que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 495. XLIV. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Accidente de transito Recurso extraordinario Danos y perjuicios Limites de la contratacion Ley 48 Fallos 329:3054.

¿Quién es el actor?

Carlos Sergio Lattuada y otros.

¿A quién se demanda?

Empresa de Trasportes Línea 93 La Nueva Era y otros; citada en garantía, Trainmet Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito sin lesiones.

¿Qué se resolvió?

la Corte, por mayoría, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada. Dispuso que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por su orden en los términos del fallo ("Con costas").

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostuvo que "los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en Fallos: 329:3054 y 3488, y en las causas C.724.XLI 'Cuello, Patricia Dorotea c/ Lucena, Pedro Antonio', O.166.XLIII 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros', G.327.XLIII 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro' y V.389.XLIII 'Villarreal, Daniel Alberto c/ Fernández, Andrés Alejandro', falladas el 7 de agosto de 2007 la primera y el 4 de marzo de 2008, las restantes, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

Se aclara que la jueza Argibay se remitió a su disidencia en la última causa citada, y que la solución es la de la mayoría, sin que su postura integre el fundamento del fallo. Como base normativa, la decisión invoca el art. 16, segunda parte, de la ley 48, en cuanto a los límites de la contratación de seguro.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Cuello, Patricia Dorotea c/ Lucena, Pedro AntonioCSJN · Fallos 329:3054
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN
  • Villarreal, Daniel Alberto c/ Fernández, Andrés AlejandroCSJN · 04/03/2008

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