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Corte Suprema

LATORRE GRACIELA IMELDA Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO

El grupo de actores promovió amparo contra el Estado Nacional y otros por la conversión a pesos de sus depósitos bancarios y la inversión en fondos comunes, tras la pesificación dispuesta por el Decreto 1570/01 y la Ley 25.561. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas, rechazó la demanda respecto de los fondos comunes de inversión y reconoció a los actores el derecho al reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar ajustado por CER, con intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 166. XL. REX
Pesificacion Depositos bancarios Fondos comunes de inversion Decreto 1570/01 Ley 25.561 Cer Amparo Dolar Reintegro de depositos Intereses 4% anual

¿Quién es el actor?

Graciela Imelda Latorre y otros.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares y por la inversión en fondos comunes de inversión, afectados por el régimen de pesificación (Decreto 1570/01 y Ley 25.561).

¿Qué se resolvió?

Procedentes los recursos extraordinarios; se dejan sin efecto las sentencias apeladas. En fondos comunes de inversión se rechaza la demanda (criterio de "Mata Peña"). En depósitos bancarios se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro en pesos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado por el banco durante el pleito y lo entregado por medidas cautelares, con exclusión de los supuestos de canje por bonos o de aplicación de los fondos a fines específicos. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por razones de brevedad, a los fundamentos de los precedentes "Massa" (CSJN, 27/12/2006) y "Mata Peña" (CSJN, 11/12/2007), y al voto del juez Fayt en "Piriz" (06/03/2007). Textualmente, expresa: "en lo relativo a los depósitos bancarios, y de acuerdo con el criterio establecido en el precedente 'Massa', se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de sus depósitos convertidos en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4 % anual no capitalizable". Asimismo, en atención a la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, dispone devolver las actuaciones directamente a los juzgados de primera instancia para la notificación del fallo.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
  • Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado NacionalCSJN · 11/12/2007
  • Piriz, María Marcela c/ P.E.N.CSJN · 06/03/2007
  • KujarchukCSJN · 28/08/2007

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