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Corte Suprema

GIROTTI OSCAR LUIS Y OTRO c/ PEN LEY 25.561 DTO.1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de los ahorristas y dejó sin efecto las sentencias apeladas, reconociendo su derecho a obtener de la entidad mutual el reintegro de sus depósitos conforme al criterio fijado en Massa y Della Ghelfa, en el marco de la emergencia económica y el corralito bancario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 2731. XL. REX
Corralito bancario Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo Depositos bancarios Reintegro de depositos Recurso extraordinario Ahorristas

¿Quién es el actor?

Oscar Luis Girotti y otro, junto con una extensa nómina de ahorristas que promovieron acciones de amparo.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561, Decretos 1570/01 y 214/02), y en ciertos casos la entidad mutual depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recuperar la libre disponibilidad de depósitos bancarios o mutuales, cuestionando las restricciones impuestas por la normativa de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y declaró el derecho de los actores a obtener de la entidad mutual el reintegro de sus depósitos en los mismos términos y condiciones establecidos en el precedente "Massa". Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado; en las anteriores se mantuvo lo decidido por el tribunal a quo. Se dispuso la devolución directa de las actuaciones a los juzgados de primera instancia para la notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en las presentes actuaciones se plantean cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas por esta Corte en la causa 'Della Ghelfa' (Fallos:330:2074), resuelta mediante sentencia del 8 de mayo de 2007 a la que corresponde remitirse en razón de brevedad. Por lo tanto -de acuerdo con lo decidido en tal precedente- resulta aplicable en estos autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa 'Massa' (Fallos:329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente, por motivos de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"La jueza Argibay se remite a su disidencia en la mencionada causa 'Della Ghelfa'." (la Dra. Argibay votó en disidencia, sin fundamentos propios en este fallo).

Normas que cita

Fallos que cita

  • Della GhelfaCSJN · 08/05/2007 · Fallos 330:2074
  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913

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