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Corte Suprema

BANCO RIO DE LA PLATA S.A. c/ SAN JUAN, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

El Banco Río de la Plata S.A. promovió una acción declarativa de certeza contra la Provincia de San Juan, solicitando una medida cautelar para impedir la aplicación de la ley 7216 a la actora. La Corte Suprema rechazó la medida cautelar por mayoría, remitiéndose a los fundamentos de la causa Coto Centro Integral de Comercialización S.A. c/ Entre Ríos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1138. XXXVII. ORI
Medida cautelar Accion declarativa de certeza Ley 7216 San juan Banco rio de la plata Coto centro integral Remision a precedente Disidencia Cautelar Corte suprema

¿Quién es el actor?

Banco Río de la Plata S.A. (y otros, según la disidencia).

¿A quién se demanda?

Provincia de San Juan.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción declarativa de certeza con pedido de medida cautelar tendiente a que la Provincia de San Juan se abstenga de aplicar a la actora las previsiones de la ley 7216 mientras dure el proceso.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte rechazó la medida cautelar pedida. Los Ministros Moliné O'Connor y Boggiano votaron en disidencia, propiciando hacer lugar a la cautelar en los términos indicados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada por el Banco Río de la Plata S.A. contra la Provincia de San Juan es sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en la fecha en la causa caratulada C.28.XXXVIII 'Coto Centro Integral de Comercialización S.A. c/ Entre Ríos, Provincia de s/ inconstitucionalidad' y a los fundamentos y conclusiones allí expuestos corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que la cuestión planteada por el Banco Río de la Plata S.A. y otros contra la Provincia de San Juan, es sustancialmente análoga a la tratada en la disidencia parcial de los jueces Moliné O'Connor y Boggiano en la fecha en la causa caratulada C.28.XXXVIII..."

Normas que cita

  • Ley 7216 (San Juan)

Fallos que cita

  • Coto Centro Integral de Comercialización S.A. c/ Entre Ríos, Provincia de s/ inconstitucionalidadCSJN

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