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Corte Suprema

ROMERO JUAN IGNACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público y revocó las sentencias que habían reajustado haberes por movilidad posterior al 1° de abril de 1995. Lo resolvió remitiendo a los fundamentos del precedente Troncoso (2002) y de Torres Brizuela.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 429. XXXVI. ROR
Movilidad previsional Ley 24.463 Reajuste de haberes Limitacion de recursos Art. 21 22 y 23 ley 24.463 Precedente troncoso Torres brizuela Anses Ministerio publico Seguridad social

¿Quién es el actor?

Juan Ignacio Romero (en la causa conexa, Domingo Carlos Capella).

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad posterior al 1° de abril de 1995, con cuestionamiento de los arts. 21, 22 y 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público, y revocar las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de "Troncoso". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). Se ordena comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal sostiene que "las cuestiones que se suscitan en las presentes causas vinculadas con la movilidad posterior al 1° de abril de 1995, la defensa de limitación de recursos y la declaración de inconstitucionalidad del art. 21, 22 y 23 de la ley 24.463, resultan sustancialmente análogas a las analizadas y resueltas por el Tribunal en la causa T.135.XXXVI. 'Troncoso, Oscar Antonio c/ ANSeS s/ Reajustes por movilidad', fallada con fecha 12 febrero de 2002, a cuyas consideraciones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Agrega que "los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

No se transcriben argumentos propios: la decisión descansa íntegramente en la remisión a los precedentes citados.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Troncoso, Oscar Antonio c/ ANSeS s/ Reajustes por movilidadCSJN · 12/02/2002
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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