JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ORTEGA SERVANDO Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986

Los ahorristas que tenían depósitos bancarios en dólares promovieron amparo contra el Estado Nacional y la entidad bancaria por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los actores el derecho a recuperar sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 474. XL. REX
Pesificacion Depositos en dolares Ley 25.561 Corralito bancario Cer Reintegro de depositos Amparo colectivo Emergencia economica Recurso extraordinario Intereses 4% anual

¿Quién es el actor?

Servando Ortega y otros (la causa agrupa numerosos amparistas con depósitos en dólares en entidades bancarias, en conjunto con causas similares, entre ellas "Massa").

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02), el Banco Central de la República Argentina y las entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios constituidos en dólares estadounidenses, convertidos a pesos por la normativa de emergencia.

¿Qué se resolvió?

La Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos de "Massa" (Fallos: 329:5913) por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Declara procedentes los recursos extraordinarios y deja sin efecto las sentencias apeladas. Reconoce el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado durante el pleito y lo entregado en cumplimiento de cautelares. Ese reconocimiento tiene como límite pecuniario lo decidido por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos normativamente previstos (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles). Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen. Ordena devolver las actuaciones a primera instancia para la notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia se remite a los fundamentos de "Massa" (Fallos: 329:5913), y a la causa "Kujarchuk" (sentencia del 28/08/2007) en cuanto al modo de imputar los pagos a cuenta. Por la excepcionalidad de la situación en este tipo de causas, la Corte dispone la devolución directa a los juzgados sin más trámite, dado que el texto del precedente está publicado en su página web. No se transcriben otros considerandos, por cuanto el fallo se apoya en la remisión a la causa "Massa".

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.