REINA BARRANQUERO JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor Juan Reina Barranquero reclamó contra la ANSeS un reajuste jubilatorio y la aplicación de la prescripción bienal. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a sus precedentes sobre prescripción y posponiendo el planteo de inconstitucionalidad del tope del art. 55 de la ley 18.037.
¿Quién es el actor?
Juan Reina Barranquero.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste jubilatorio (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró parcialmente procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el art. 82 de la ley 18.037: "los agravios de la ANSeS relacionados con el art. 82 de la ley 18.037 han sido examinados y resueltos por este Tribunal en G.829.XXXV. 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada el 4 de septiembre de 2001, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad." El juez Boggiano se remitió a su disidencia en esa causa.
Sobre el tope del art. 55 de la ley 18.037: "el planteo dirigido a objetar la decisión de la cámara de posponer el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 para el momento de presentarse la liquidación ... resulta meramente conjetural, pues no se basa en la existencia de un perjuicio concreto y actual, máxime cuando lo dispuesto por el a quo se ajusta a la doctrina sentada por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 320:2039 ('Del Azar Suaya')."
Sobre los arts. 22 y 23 de la ley 24.463: "las críticas del organismo previsional referentes a la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 resultan fruto de una reflexión tardía. Lo resuelto sobre el punto por el juez de primera instancia quedó firme al omitir la demandada expresar agravios en la oportunidad debida, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate clausurado en las instancias anteriores."
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Normas que cita
- Ley 18.037arts. 82, 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.241art. 168 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
- Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
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