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Corte Suprema

SIBILSKIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los beneficiarios reclamaron el reajuste de sus prestaciones previsionales posteriores a marzo de 1995 y la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público y revocó las sentencias apeladas, con el alcance fijado en los precedentes Heit Rupp y Arena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 364. XXXVI. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad Haberes posteriores a marzo de 1995 Anses Recurso ordinario Heit rupp Arena.

¿Quién es el actor?

Alberto Sibilskis, Juana Aurora Balzani y Rafael Eduardo Labra López (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad, con reclamos sobre las prestaciones posteriores a marzo de 1995 y sobre la constitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público, y revocó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de "Heit Rupp" y "Arena". Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Los agravios vinculados con el reajuste de las prestaciones posteriores a marzo de 1995 encuentran adecuada repuesta en Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp, Clementina'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 2°: "Los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Los restantes agravios de la ANSeS no se compadecen con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."

Resolutiva: "declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público y revocar las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos 'Heit Rupp' y 'Arena' citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Heit Rupp, ClementinaCSJN · Fallos 322:2226
  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001

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