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Corte Suprema

SZWARTZBACH PEDRO BORIS c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

El actor promovió amparo contra el Estado Nacional por la pesificación de sus depósitos bancarios en dólares dispuesta por la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa, declaró procedentes los recursos extraordinarios de los bancos, dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció el derecho del actor al reintegro de su depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1285. XLII. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decreto 214/02 Reintegro de depositos Cer Intereses Recurso extraordinario Precedente massa Pagos a cuenta.

¿Quién es el actor?

Pedro Boris Szwartzbach.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (PEN), en el marco de la ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02; las entidades bancarias intervinieron como recurrentes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos por el régimen de pesificación.

¿Qué se resolvió?

se tuvo por desistido el recurso del Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.; se declararon procedentes los recursos de Itaú Buen Ayre, Credicoop, Citibank y Bankboston, dejando sin efecto la sentencia apelada. Se declaró el derecho del actor a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, con intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado en el pleito y en cautelares. Se excluyen los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte expresa que "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir en lo pertinente en razón de brevedad". Remite además a la causa K.90.XLIII "Kujarchuk" (sentencia del 28 de agosto de 2007) para el modo de imputar los pagos a cuenta. El reconocimiento del derecho se hace "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara". No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ P.E.N.CSJN · 28/08/2007

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