JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MANZO ITALIA c/ ANSES s/DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS dictar un nuevo acto administrativo considerando como diferenciales los servicios prestados para E.N.Co.Tel. en el marco de las leyes 12.925 y 23.429. El Tribunal remitió a los fundamentos del precedente Galli para rechazar los agravios de la demandada sobre el cómputo de los servicios y el alcance de la ley 23.966 y sus decretos reglamentarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1246. XXXVI. ROR
Servicios diferenciales Regimen previsional Ley 12.925 Ley 23.429 Ley 23.966 Decreto 287/92 Decreto 1925/93 Computo de servicios Jubilacion ordinaria Precedente galli

¿Quién es el actor?

Italia Manzo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento de servicios diferenciales prestados para la empresa E.N.Co.Tel., a efectos del cálculo de la prestación previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisible el recurso ordinario de la demandada y confirmó la sentencia apelada, con el alcance indicado en el precedente "Galli". Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Primera instancia: "los servicios diferenciales prestados al amparo de las leyes 12.925 y 23.429, por los que se habían efectuado mayores aportes al sistema previsional, no podían ser desconocidos aun cuando la ley 23.966 hubiera derogado tal sistema." Sobre esa base ordenó a la demandada el dictado de un nuevo acto administrativo que contemplara los servicios como diferenciales y estableciera si se reunían los requisitos de edad y años de servicio para la jubilación ordinaria.

Fundamento de la Corte: "los agravios de la demandada respecto de la manera de computar los servicios referidos y el alcance que corresponde asignar a las normas en juego (leyes 12.925, 23.429, 23.966 y decretos 287/92 y 1925/93) encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por esta Corte en la causa: G.611.XXXVI. 'Galli, Norberto Santos c/ ANSeS s/ prestaciones varias' sentencia de fecha 11 de junio de 2002, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

No hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 12.925
  • Ley 23.429
  • Ley 23.966Impuestos - prevision social
  • Decreto 287
  • Decreto 1925
  • Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Galli, Norberto Santos c/ ANSeS s/ prestaciones variasCSJN · 11/06/2002

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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