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Corte Suprema

FANUCCHI ERMELINDO FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia apelada en el reajuste por movilidad de un haber previsional posterior a la vigencia de la ley 24.463. El tribunal remitió a los precedentes Heit Rupp, Schiariti e Iglesias y desestimó los agravios vinculados al cómputo de la prescripción y al artículo 21 de la ley.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 159. XXXVI. ROR
Reajuste por movilidad Ley 24.463 Prestaciones previsionales Prescripcion liberatoria Articulo 82 ley 18.037 Articulos 22 y 23 ley 24.463 Recurso ordinario Anses Costas Movilidad jubilatoria.

¿Quién es el actor?

Ermelindo Francisco Fanucchi.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de las prestaciones previsionales por movilidad, respecto de los períodos posteriores a marzo de 1995, fecha de entrada en vigencia de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y se revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los considerandos de los fallos "Heit Rupp", "Schiariti" e "Iglesias". Las costas se impusieron por su orden (art. 21 de la ley 24.463) y se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión que se suscita en la presente causa, respecto a los agravios vinculados al reajuste de las prestaciones posteriores a marzo de 1995 -fecha de entrada en vigencia de la ley 24.463-, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por el Tribunal en Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Los agravios vinculados con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"los planteos de la demandada respecto de las modificaciones introducidas por la ley 24.463 sobre el cómputo de la prescripción liberatoria -art. 82, ley 18.037- han recibido adecuada respuesta en el precedente de esta Corte G.829.XXXV. 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, por lo que deben ser desestimados. El juez Boggiano se remite a su disidencia en el citado precedente."

"Los agravios de la ANSeS respecto del artículo 21 de la ley 24.463 no se compadecen con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001

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