IMPERIO TELEVISION S.A. c/ ESTADO NACIONAL - PODER EJECUTIVO NACIONAL - SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
Imperio Televisión S.A. promovió amparo contra el Estado Nacional, la Secretaría de Ingresos Públicos y el Poder Ejecutivo Nacional por la ley 16.986. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos de la causa Radiodifusora Mediterránea S.R.L., mientras que tres ministros votaron en disidencia por revocarla.
¿Quién es el actor?
Imperio Televisión S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional - Secretaría de Ingresos Públicos de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo por ley 16.986 (acción de amparo contra actos del Estado nacional vinculados a la materia tributaria/recaudatoria, según surge de la carátula).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas. Los jueces Fayt, Belluscio y Petracchi, en disidencia, propusieron revocar la sentencia apelada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Mayoría: "la cuestión debatida en el sub lite es sustancialmente análoga a la considerada por el Tribunal en la causa R.887.XXXVI. 'Radiodifusora Mediterránea S.R.L. c/ Estado Nacional C amparo', fallada el 5 de noviembre de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"la cuestión debatida en el sub lite es sustancialmente análoga a la considerada por el Tribunal en la causa R.887.XXXVI ... disidencia de los jueces Fayt, Belluscio y Petracchi, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad." Se propone revocar la sentencia apelada.
Nota: el texto transcripto no incluye los fundamentos sustantivos; la decisión se remite a la causa "Radiodifusora Mediterránea", por lo que el análisis de fondo debe consultarse en ese precedente.
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Normas que cita
- Ley 16.986Amparo
Fallos que cita
- Radiodifusora Mediterránea S.R.L. c/ Estado Nacional s/ amparoCSJN · 05/11/2002
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