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Corte Suprema

CARERI PEDRO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El jubilado Pedro Enrique Careri reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario y confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ordenó recomponer el haber inicial y rechazó la tacha de inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad y el planteo de confiscatoriedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1436. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 24.463 Ley de convertibilidad Ley 18.037 Confiscatoriedad Haber inicial Seguridad social Anses Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Pedro Enrique Careri.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de su haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

la Corte confirmó la sentencia apelada, que había ordenado recomponer el haber inicial, determinado los períodos sujetos a reajuste y ordenado la movilidad correspondiente a cada uno. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la tacha de inconstitucionalidad formulada contra la ley de convertibilidad carece de fundamento pues la movilidad de las prestaciones jubilatorias por el período posterior a la fecha de su vigencia se rige por la ley 24.463".

"tampoco se corresponden con lo resuelto por la cámara las objeciones formuladas contra los coeficientes e índices de corrección previstos en la ley 18.037, ya que la sentencia apelada no contempla la utilización de esos elementos de cálculo".

"no son procedentes los agravios del actor referentes al porcentaje de reducción de su haber considerado como confiscatorio, ya que el a quo ha resuelto esa cuestión de acuerdo con conocida y antigua doctrina del Tribunal" (Fallos: 323:4216 "Actis Caporale").

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216

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