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Corte Suprema

ESCRIBA ISABEL MARIA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios de los depositantes en dólares afectados por la pesificación (Ley 25.561) y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual, por remisión a los precedentes Massa y Kujarchuk.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 31. XLI. RHE
Pesificacion Depositos en dolares Ley 25.561 Decreto 214/02 Reintegro de depositos Cer Intereses 4% anual Contrato de deposito bancario Recurso extraordinario Precedente massa

¿Quién es el actor?

Isabel María Escriba y otros depositantes (causas acumuladas, entre ellos Arduini, Adornetto, Blanco, Barbieri, Báez, Bruzzone, Cronte, Del Bianco, Koenen, Lucero de Castaño, Lima, López Delgado, Martínez, Newark, Prenollio, Paladino, Reffray, Suriano, Testa, Verdera y Zani).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (y, en algunos casos, Estado Nacional), con la entidad bancaria depositaria como obligada al reintegro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos en dólares estadounidenses convertidos a pesos por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas por la entidad en el pleito y en cumplimiento de cautelares. Se excluyen los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automotores).

Costas de esta instancia: en el orden causado. Costas de instancias anteriores: se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27/12/2006), por ser las cuestiones sustancialmente análogas. Asimismo, remite al precedente "Kujarchuk" (K.90.XLIII, sentencia del 28/08/2007) en cuanto al modo de imputar los pagos a cuenta. Textualmente: "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad".

Se aclara que, en virtud de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, las actuaciones se devuelven directamente a los juzgados de primera instancia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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