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Corte Suprema

KARL DE AMOR MARIA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y de la jubilada en el reajuste por movilidad de su haber. Confirmó la tasa de interés fijada según el precedente Aguilar y revocó la sentencia en lo demás, aplicando los criterios de Schiariti, Iglesias y Arena sobre los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y el art. 21 de la ley 25.561.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
K. 92. XXXVII. ROR
Reajuste por movilidad Haber previsional Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 25.561 Tasa de interes Inconstitucionalidad Recurso ordinario Precedentes schiariti Iglesias Arena y aguilar

¿Quién es el actor?

María Angélica Karl de Amor.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios, se confirmó la sentencia en cuanto a la tasa de interés según "Aguilar" y se la revocó con el alcance que surge de "Schiariti", "Iglesias" y "Arena". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

Considerando 2°: "Los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en Fallos: 324:2360 ('Arena'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Los agravios relacionados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185

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