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Corte Suprema

BERTORELLO CASTAGNINO GABRIEL ELADIO s/HOMICIDIO CULPOSO -CAUSA N° 1382/96-

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por la defensa de Gabriel Eladio Bertorello Castagnino en una causa por homicidio culposo y declaró procedente el recurso extraordinario. Dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento, por adhesión a los fundamentos del dictamen del Procurador General.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 688. XXXVI. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario Homicidio culposo Sentencia penal Procedencia Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Art. 286 cpccn Remision al dictamen del procurador general

¿Quién es el actor?

Gabriel Eladio Bertorello Castagnino (parte recurrente, defensa).

¿A quién se demanda?

No aplica (causa penal por homicidio culposo, causa nº 1382/96).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia condenatoria en la causa por homicidio culposo.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que se dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General, a cuyos términos se remite en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Ministros Vázquez y Maqueda votaron por desestimar la queja, considerando que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y ordenando el depósito previsto en el art. 286 del mismo código, bajo apercibimiento de ejecución. Esta postura quedó en minoría.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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