VINCIFORI ROBERTO CLAUDIO c/ ALMAGRO CONSTRUCCIONES SA s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La demandada, Almagro Construcciones S.A., interpuso recurso de hecho contra la denegación de su recurso extraordinario en un juicio de cumplimiento de contrato con sustento en las normas de emergencia económica. La Corte, por mayoría, hizo lugar a la queja, revocó la sentencia de la Cámara y condenó a la demandada a reintegrar la suma en pesos aplicando el principio del esfuerzo compartido, con el 50% de la brecha cambiaria, desestimando el planteo de inaplicabilidad de la ley 25.820.
¿Quién es el actor?
Roberto Claudio Vincifori.
¿A quién se demanda?
Almagro Construcciones S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cumplimiento de contrato, con reintegro de una suma de dinero pactada en moneda extranjera (dólares estadounidenses).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó el fallo apelado y, en uso de las atribuciones del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, condenó a la demandada "por aplicación del principio del esfuerzo compartido" a reintegrar la suma que resulte de transformar a pesos el capital reclamado en moneda extranjera a razón de un peso por dólar estadounidense, más el 50% de la brecha entre un peso y la cotización de la divisa en el mercado libre de cambio, tipo vendedor, del día en que corresponda efectuar el pago, salvo que el coeficiente de estabilización de referencia arroje un resultado superior. Se desestimó el planteo de inaplicabilidad de la ley 25.820 formulado por la parte actora. Las costas se impusieron en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el tribunal remitió, por razones de brevedad, a los fundamentos de la causa "Longobardi" (Fallos: 330:5345, votos concurrentes), por considerar que las cuestiones planteadas, vinculadas con la interpretación y aplicación de las normas de emergencia económica, son sustancialmente análogas. Los jueces Lorenzetti y Fayt se remitieron a sus disidencias en dicha causa.
¿Cómo votaron los jueces?
la Dra. Carmen M. Argibay votó en disidencia, considerando que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), por lo que desestimaba la queja y daba por perdido el depósito. Esta posición quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 25.820Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- LongobardiCSJN · Fallos 330:5345
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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