MANKIEWITZ WALTER WALFGANG c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales por movilidad entre abril de 1995 y fines de 2006 y la ANSeS cuestionó la tasa de interés aplicada y el plazo de cumplimiento. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso de la ANSeS, admitió el del actor, mantuvo la tasa de interés fijada en el precedente Spitale y revocó el plazo de cumplimiento para adecuarlo al art. 21 de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Walter Walfgang Mankiewitz.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes de haberes previsionales por movilidad desde abril de 1995 hasta fines de 2006, con declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037.
¿Qué se resolvió?
se declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y procedente el del actor; se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; se confirmó la tasa de interés aplicada en concordancia con "Spitale"; y se dispuso que la movilidad por el período indicado en "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior, caso en el cual deberá estarse a su resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
"Los agravios del actor dirigidos a obtener la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037, no pueden prosperar pues el demandante no ha probado el gravamen que la aplicación de dicha norma podría haberle causado (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216)."
"Los planteos del organismo previsional que se dirigen a objetar la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."
"Los agravios de la demandada relacionados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 resultan abstractos ya que dicho aspecto ha sido modificado por la ley 26.153. En consecuencia, corresponde revocar la sentencia en el punto y adecuar el término ordenado a lo dispuesto por el art. 21 de la citada ley."
"Los restantes agravios de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
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