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Corte Suprema

FERNANDEZ ALBERTO s/DIVORCIO

Se suscitó una contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Garantías N° 1 de Morón y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 38 por una presunta segunda celebración matrimonial de Alberto Fernández sin disolución del primer vínculo. El Procurador General dictaminó que corresponde a la justicia nacional conocer del hecho, por haberse inscripto en la Ciudad de Buenos Aires el nuevo vínculo, mediando un impedimento de ligamen que causa nulidad absoluta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 301. XXXIX. COM
Contienda negativa de competencia Matrimonio bigamico Impedimento de ligamen Nulidad absoluta del matrimonio Competencia territorial Justicia nacional en lo criminal de instruccion Falsedad de instrumento publico Registro nacional del estado civil Divorcio vincular Ciudad de buenos aires.

Actor/Denunciante: Lucía Fabiana Sinnona, en el marco del juicio de divorcio vincular iniciado por Alberto Fernández.

Demandado/Investigado: Alberto Fernández.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Investigación de la conducta de Alberto Fernández, quien habría contraído un segundo matrimonio sin que se hubiere disuelto el primero, con Esther Ruth Cruz Pineda, inscripto en la Circunscripción 3ra. de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

Opina que cabe asignar competencia al Juzgado de Instrucción N° 38 de la Justicia Nacional en lo Criminal de Instrucción, sin perjuicio de lo que resulte de la investigación respecto del posible delito de falsedad de instrumento público.

Antecedentes procesales: El juez local de Morón se inhibió y remitió las actuaciones a la justicia nacional, con base en que el delito debía reputarse cometido en el lugar donde se celebró el segundo matrimonio. El juez de instrucción nacional rechazó la atribución por prematura, considerando que no estaba precedida de la investigación necesaria y que la conducta podría afectar el funcionamiento de un organismo nacional e importar falsificación o uso de DNI falso. Con la insistencia del juez local, quedó trabada la contienda y se elevó a la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Sin perjuicio de cuanto pueda resultar de la investigación en relación a la posible comisión del delito de falsedad de instrumento público, considero que es la justicia nacional la competente para conocer del matrimonio presuntamente ilegal, por haberse inscripto en esta ciudad el nuevo vínculo, mediando un impedimento de ligamen que causa su nulidad absoluta (Fallos: 321:598 y Competencia N° 239.XXXV. in re 'Méndez, Luis Ramón s/ delito de acción pública', resuelta el 26 de octubre de 1999)."

Fallos que cita

  • Méndez, Luis Ramón s/ delito de acción pública26/10/1999
  • Fallos 321:598CSJN

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