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Corte Suprema

DI GRANDI ANGEL JOSE c/ ANSES s/OTROS

La Corte Suprema revocó la sentencia de Cámara en el reclamo de Angel José Di Grandi contra la ANSeS por impugnación de resolución previsional. El Tribunal desestimó los agravios del organismo sobre los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 y resolvió la prescripción liberatoria del artículo 82 de la ley 18.037 remitiendo a los precedentes Giusio y Cassella.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 379. XXXVI. ROR
Prescripcion liberatoria Articulo 82 ley 18.037 Reajustes previsionales Movilidad Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Anses Recurso ordinario Precedente cassella Precedente giusio.

¿Quién es el actor?

Angel José Di Grandi.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación de resolución de la ANSeS en materia de reajustes previsionales.

¿Qué se resolvió?

declarar procedente el recurso ordinario y revocar la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Cassella". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463) y comunicación a la Procuración del Tesoro (art. 6°, ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el planteo de la ANSeS relacionado con la prescripción liberatoria -art. 82, ley 18.037- encuentra adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal G.829.XXXV. 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"Que los agravios del organismo previsional respecto de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 no se compadecen con lo resuelto por la cámara, por lo que deben ser desestimados."

"Que los restantes agravios suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en la causa C.415.XXXVII. 'Cassella, Carolina c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada el 24 de abril de 2003, a la que corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • Cassella, Carolina c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/04/2003

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