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Corte Suprema

CATTALIN ALCIRA MINERVA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La ANSeS apeló la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reconoció el derecho de la titular a ajustar sus haberes jubilatorios conforme a la ley 22.955. La Corte Suprema revocó esa decisión, aplicando el criterio fijado en la causa Cassella sobre la extensión temporal de la pauta de movilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1151. XXXVII. ROR
Reajustes previsionales Movilidad jubilatoria Ley 22.955 Anses Recurso ordinario de apelacion Extension temporal de la pauta de ajuste Art. 16 ley 24.463 cassella Costas por su orden Haber jubilatorio.

¿Quién es el actor?

Alcira Minerva Cattalin.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes de su haber jubilatorio, reclamando la aplicación de la ley 22.955 en la movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, con el alcance fijado en la causa "Cassella, Carolina c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad" (C.415.XXXVII, fallada el 24 de abril de 2003). Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Que contra el pronunciamiento de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reconoció el derecho del titular a percibir sus haberes jubilatorios de conformidad con la ley 22.955, la ANSeS interpuso recurso ordinario de apelación, que fue concedido y es, en principio, admisible (art. 19 de la ley 24.463)."

Considerando 2°: "Que los agravios relacionados con la extensión temporal de dicha pauta de ajuste remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas por el Tribunal en la causa C.415.XXXVII. 'Cassella, Carolina c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada el 24 de abril de 2003, a la que corresponde remitir por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Que carecen de fundamento las impugnaciones efectuadas respecto del art. 16 de la ley 24.463, habida cuenta de que las variaciones que pudieran darse en el haber jubilatorio del titular surgen de disposiciones legales y quedan excluidas, por lo tanto, del ámbito de aplicación de aquella defensa."

Parte dispositiva: "Por ello, el Tribunal resuelve: revocar la sentencia apelada con el alcance que surge de la causa 'Cassella, Carolina' citada. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Cassella, Carolina c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/04/2003

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