JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CARDON HORACIO JUAN c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

Horacio Juan Cardón promovió demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional, reclamando el reconocimiento de derechos de naturaleza patrimonial. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas y rechazó las demandas remitiéndose al precedente Mata Peña del 11 de diciembre de 2007.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 4479. XLI. RHE
Recurso extraordinario Queja Poder ejecutivo nacional Rechazo de demanda Remision a precedente mata pena Costas por su orden Materia novedosa y compleja

¿Quién es el actor?

Horacio Juan Cardón (también, en las causas acumuladas, Ana María Simari y otro).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia, que sólo menciona la causa y remite a otro precedente.

¿Qué se resolvió?

se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios, se revocan las sentencias apeladas y se rechazan las demandas, en los términos del precedente "Mata Peña" (CSJN, causa M.245.XXXIX, sentencia del 11 de diciembre de 2007). Costas por su orden en todas las instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable en las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa M.245. XXXIX 'Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otro s/ amparo', sentencia del 11 de diciembre de 2007 a la que corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." Las costas se impusieron por su orden "en razón de lo novedoso y complejo de la materia sobre la que versaron las actuaciones". No hay votos en disidencia.

Fallos que cita

  • Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otro s/ amparoCSJN · 11/12/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.