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Corte Suprema

CANTERO ROBERTO HORACIO s/ROBO CALIFICADO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de Roberto Horacio Cantero, condenado por robo calificado, y dejó sin efecto la resolución impugnada por remisión a la doctrina sentada en Mannini. La disidencia de la Dra. Argibay consideró el recurso inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 669. XLIV. REX
Recurso extraordinario federal Robo calificado Remision a precedente Mannini Doctrina de la corte Nuevo pronunciamiento Defensa oficial Suprema corte bonaerense Admisibilidad Art. 280 cpccn

¿Quién es el actor?

Ministerio Público / Estado (acusación en causa penal por robo calificado).

Demandado / Imputado: Roberto Horacio Cantero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa oficial (Dr. Mario Luis Coriolano) contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, previamente intervenida por el Tribunal de Casación Penal y el Tribunal en lo Criminal n° 1 de San Martín.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso extraordinario concedido a fs. 534, se dejó sin efecto la resolución recurrida y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría remite, por razones de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de "Mannini, Andrés Sebastián s/ causa n° 12.678" (sentencia del 17 de octubre de 2007, Fallos: 330:4476), en tanto las cuestiones planteadas en la presente causa resultan "sustancialmente análogas, mutatis mutandi". El Dr. Fayt adhiere remitiendo a su voto en dicho precedente. La Dra. Argibay, en disidencia, sostuvo: "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)", y lo declaró improcedente.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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