JurisprudenciaARG
Corte Suprema

UTZ EMILIO GERARDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia que había reajustado el haber del actor por movilidad, aplicando los criterios fijados en los precedentes Arena y Torres Brizuela. La decisión se remite a los fundamentos de esos fallos sobre la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 27.608... [ver nota] Nota: el texto de la sentencia cita la ley de Solidaridad Previsional (ley 24.463, art. 21 en la cita del fallo). Corrijo aquí la referencia: el art. 21 que se cuestiona es el de la ley de Solidaridad Previsional, no la ley 27.608. El titular, corregido, queda así: La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia apelada en materia de reajuste por movilidad. La decisión se remite a los fundamentos de los precedentes Arena y Torres Brizuela, en particular sobre la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
U. 56. XXXVII. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste previsional Anses Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad Precedente arena Precedente torres brizuela Recurso ordinario Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Emilio Gerardo Utz.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional por movilidad.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedente el recurso ordinario y revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los considerandos del fallo "Arena". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en Fallos: 324:2360 ("Arena"), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

¿Qué se resolvió?

"Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario deducido y revocar la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos del fallo 'Arena' citado. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463)."

Nota: el fallo no es dividido; se dicta por unanimidad de los seis ministros que firman.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.