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Corte Suprema

GUARDADO RODRIGUEZ MARIA ELENA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 Y 214/02 s/AMPARO

La Corte Suprema, siguiendo el precedente Massa, declaró el derecho de los depositantes a recuperar sus dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual no capitalizable, dejando sin efecto las sentencias apeladas en el marco de la pesificación de depósitos bancarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1873. XL. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Amparo Cer Intereses Restitucion de depositos Doctrina massa Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

María Elena Guardado Rodríguez y demás depositantes acumulados en el expediente.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos en dólares convertidos a pesos por aplicación de la Ley 25.561 y los Decretos 1570/01 y 214/02, mediante acción de amparo.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya percibidas. Se excluyeron los supuestos de canje por bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores, según lo resuelto por la cámara.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Asimismo, el tribunal aclaró que, "en atención a la excepcional situación a la que se hizo referencia", y dado que el texto del precedente está publicado en la página web del Tribunal, las actuaciones se devuelven directamente a primera instancia para la notificación de la sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680
  • Bank Boston (y demás causas acumuladas)CSJN

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