JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GONZALEZ AGUSTIN c/ ANSES s/DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES

El actor, beneficiario del régimen previsional, reclamó el cumplimiento de la sentencia que le reconoció el derecho a la prestación, discutiendo el plazo y las modalidades de pago. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con el alcance fijado en el precedente Alfonso (Fallos: 324:179), por remisión a los fundamentos allí expuestos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1059. XXXVI. ROR
Plazo de cumplimiento de sentencia Modalidades de pago Anses Prestaciones previsionales Ley de solidaridad previsional Articulo 21 ley 24.463 Costas Remision a precedentes Fallos 324:179 Fallos 323:3135.

¿Quién es el actor?

Agustín González.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en materia de dependientes, otras prestaciones, vinculado con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario interpuesto y confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos del precedente "Alfonso, José María". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión planteada en la presente causa vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por esta Corte en Fallos: 324:179 ('Alfonso'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: "los agravios relacionados con el artículo 21 de la ley de Solidaridad Previsional no guardan relación con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."

Considerando 3°: "los restantes agravios de la ANSeS suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

No hay votos en disidencia: la decisión fue adoptada por unanimidad de los seis ministros firmantes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Alfonso, José MaríaCSJN · Fallos 324:179
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.