ECHARRI WALTER VICENTE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Los titulares de prestaciones previsionales reclamaron reajustes de sus haberes frente a la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, revocó las sentencias apeladas conforme al precedente Sánchez, las confirmó según Spitale y modificó el plazo de cumplimiento conforme al art. 21 de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Walter Vicente Echarri y Nilda Ester Alsamendi (titulares de prestaciones previsionales).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de los haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos, revocó las sentencias apeladas con el alcance del precedente "Sánchez", las confirmó según la causa "Spitale" y modificó el plazo de cumplimiento conforme al art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las objeciones de los titulares vinculadas con el efecto de la ley 23.928 sobre el nivel de su prestación suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en el precedente 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."
"No se ha demostrado el gravamen producido por los arts. 49 y 53 de la ley 18.037 cuya inconstitucionalidad plantean los actores, lo que deja sin fundamento a la tacha mencionada, máxime cuando la solución dispuesta por el a quo no se basa en la utilización de coeficientes sino en la aplicación estricta del índice del nivel general de las remuneraciones. Tampoco han probado la incidencia del sistema de haberes máximos, por lo que su cuestionamiento resulta prematuro (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216). La impugnación del art. 21 de la ley 24.463, finalmente, no fue introducida al entablar las respectivas demandas, por lo que resulta el fruto de una reflexión tardía."
"Cabe desestimar también las críticas referentes a la supuesta aplicación de una quita porcentual en el haber de las prestaciones, ya que las sentencias apeladas no contienen previsión alguna al respecto, por lo que concuerdan con la doctrina fijada por esta Corte en el antecedente 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525)."
"Resulta abstracto el tratamiento de los cuestionamientos de las partes que se refieren a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 23 mencionado ha quedado derogado según lo dispuesto por la ley 26.153, y el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."
"Los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir."
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 18.037arts. 49, 53 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153arts. 21, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- PanizzaCSJN · Fallos 326:216
- PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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