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Corte Suprema

GUERRERO GLADYS DELICIA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas y dejó sin efecto las sentencias apeladas en reclamos de ahorristas por depósitos bancarios reprogramados por el corralito. Sin perjuicio de ello, reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos en pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, siguiendo los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 2169. XLII. RHE
Corralito Depositos bancarios Pesificacion Reprogramacion bancaria Cer Intereses Dolar estadounidense Massa Kujarchuk Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Gladys Delicia Guerrero y otros (conjunto de actores en las causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos, reprogramados por las normas de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

Se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas y las entregadas por medidas cautelares, con exclusión de los supuestos de canje por bonos o aplicación a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Se remite además al precedente "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680) para el modo de computar los pagos a cuenta. Se declara que "la excepcional situación suscitada en esta clase de causas" justifica mantener lo dispuesto en las instancias anteriores en materia de costas y devolver las actuaciones a primera instancia para su notificación. No hubo votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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