GONZALEZ RAUL ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso ordinario de la parte actora en el reajuste de un haber previsional y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el alcance fijado por el precedente Domínguez. Los jueces Fayt, Belluscio y Petracchi votaron en disidencia.
¿Quién es el actor?
Raúl Orlando González (titular del beneficio previsional).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (reajustes varios), con cuestionamientos sobre la aplicación del art. 82 de la ley 18.037, la prescripción, la movilidad de la ley 23.928 y el porcentaje de reducción del haber.
¿Qué se resolvió?
la mayoría declaró procedente el recurso ordinario y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Domínguez". Las costas se impusieron por su orden (art. 21 de la ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Punto 2°: "Que los agravios relacionados con la prescripción remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas por el Tribunal en la causa D.37.XXXVII. 'Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada el 24 de abril de 2003, a la que corresponde remitir por razón de brevedad."
Punto 3°: "Que el planteo referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afecta a la movilidad establecida por la ley 18.037, ha sido resuelto por esta Corte en contra de las pretensiones del recurrente en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), sin que se invoquen argumentos novedosos que justifiquen una solución distinta."
Punto 4°: "Que la tacha de inconstitucionalidad formulada contra la ley de convertibilidad carece de fundamento pues la movilidad de las prestaciones jubilatorias correspondientes al período posterior a la fecha de su vigencia no se rige por sus disposiciones sino por la ley 24.463."
Punto 5°: "Que tampoco son procedentes las impugnaciones del jubilado referentes al porcentaje de reducción de su haber considerado como no confiscatorio, ya que el a quo ha resuelto esa cuestión de acuerdo con conocida y antigua doctrina del Tribunal sobre el punto, sin que se adviertan razones que lleven a modificar el criterio adoptado."
¿Cómo votaron los jueces?
los jueces Fayt, Belluscio y Petracchi se remitieron a sus disidencias en la causa "Domínguez", sin que el texto de esta sentencia desarrolle sus fundamentos.
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/04/2003
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
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