ASOCIACION DE MAESTROS Y PROF. c/ MINISTERIO DE EDUCACION DE LA RIOJA s/EJECUTIVO
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la Asociación de Maestros y Profesores (A.M.P.) y revocó la sentencia apelada. Declaró competente para seguir conociendo en la causa al Juzgado Federal de Primera Instancia de La Rioja, con costas a la parte demandada.
¿Quién es el actor?
Asociación de Maestros y Profesores (A.M.P.).
¿A quién se demanda?
Ministerio de Educación de La Rioja.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso ejecutivo (el fallo no detalla el monto ni el concepto reclamado).
¿Qué se resolvió?
La Corte comparte el dictamen del Procurador General y, por razones de brevedad, se remite a sus fundamentos y conclusiones. Se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se declara competente para seguir conociendo en las actuaciones al Juzgado Federal de Primera Instancia de La Rioja, al que se remitirán los autos. Las costas se imponen a la parte demandada (art. 68 del CPCCN). Se ordena notificar a la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador General y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad." Los fundamentos concretos del dictamen del Procurador General no se transcriben en el documento analizado.
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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