BLOTTA GRACIELA HERMELINDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad contra la ANSeS, y la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró la inconstitucionalidad del art. 16 de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, confirmó la tasa de interés fijada por el precedente Spitale, revocó la orden de practicar la liquidación por peritos oficiales y ajustó el plazo de cumplimiento a lo previsto en la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Graciela Hermelinda Blotta.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de su haber previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes ambos recursos ordinarios; confirmó la tasa de interés dispuesta conforme al precedente "Spitale"; revocó la sentencia apelada en cuanto ordenaba que la liquidación fuera confeccionada por peritos oficiales; y modificó el plazo de cumplimiento, ajustándolo a lo establecido en la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resulta abstracto el tratamiento de los agravios de la ANSeS que se refieren a los artículos 16 y 22 de la ley 24.463, pues el artículo 16 mencionado ha quedado derogado según lo dispuesto por la ley 26.153 y el cumplimiento de esta sentencia, en virtud de la entrada en vigencia de la última norma citada, deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."
"Que los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir."
"Que puede ser admitida la petición de la actora de que se deje sin efecto la decisión de la alzada de encomendar la confección de la liquidación a un perito contador que debía ser designado por el juez de la causa, pues esa modalidad de cumplimiento fue adoptada por el a quo sin que mediara un requerimiento de las partes (conf. causas A.931.XXXVII 'Almada, Belia Francisca c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada con fecha 27 de mayo de 2004 y O.80.XXXIX 'Ortiz, José Gil c/ ANSeS s/ reajustes varios', del 26 de setiembre de 2006)."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 19, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Almada, Belia Francisca c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 27/05/2004
- Ortiz, José Gil c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 26/09/2006
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