JurisprudenciaARG
Corte Suprema

AUTOLATINA ARGENTINA S.A. (TF 8741-A) c/ D.G.A. s/RECURSO EXTRAORDINARIO

Autolatina Argentina S.A. interpuso recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal Fiscal en un litigio con la Dirección General Aduanera. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso y confirmó la sentencia apelada, aplicando la doctrina fijada en el precedente A.528.XXXIV, mientras el Dr. Moliné O'Connor votó en disidencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 998. XXXVI. REX
Recurso extraordinario Direccion general aduanera Tribunal fiscal Doctrina del precedente Remision a fallo anterior Ley 25.344 Materia tributaria Costas Disidencia Autolatina argentina s.a.

¿Quién es el actor?

Autolatina Argentina S.A. (T.F. 8741-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General Aduanera (D.G.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario contra la sentencia dictada en el marco del expediente T.F. 8741-A, en materia tributaria/aduanera.

¿Qué se resolvió?

por mayoría de cinco ministros, la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas, remitiendo a los fundamentos del precedente A.528.XXXIV "Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A." (sentencia del 10 de abril de 2003), y ordenó la comunicación prescripta por el art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a la cuestión debatida en el sub lite la doctrina establecida por el Tribunal, el 10 de abril de 2003, en la causa A.528.XXXIV 'Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A.', sentencia a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

remitiendo igualmente al precedente citado, propuso declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto la sentencia apelada, con costas en el orden causado, y devolver los autos para que se dicte nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina fijada en el precedente. Esta propuesta quedó en minoría.

Normas que cita

  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.