JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FERNANDEZ INES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema, en un reajuste jubilatorio, remitió a los precedentes Badaro y Pérez para resolver los planteos del jubilado y de la ANSeS. Revocó parcialmente la sentencia apelada en lo relativo al alcance del reajuste y la confirmó en cuanto a la tasa de interés aplicada, siguiendo el precedente Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 644. XL. ROR
Reajuste jubilatorio Anses Movilidad previsional Prescripcion Ley 24.463 Ley 26.153 Tasa pasiva de interes Precedente badaro Precedente spitale Fundamentacion adecuada

Actor (jubilado): Inés Fernández.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios de ambas partes; se revocó parcialmente la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente "Pérez" y se la confirmó respecto de la tasa de interés aplicada, conforme al precedente "Spitale". Se ordenó notificar y devolver.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas por la actora resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en las causas 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) y P.304.XL 'Pérez, María Magdalena c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 31 de marzo de 2009, a cuyas consideraciones cabe remitir."

"No puede prosperar la impugnación del jubilado relacionada con la falta de eficacia de la excepción de prescripción opuesta por la ANSeS, pues el tema ha sido resuelto en contra de sus pretensiones por este Tribunal en la causa 'Domínguez' (Fallos: 326:1436), a la que corresponde remitirse."

"Ha devenido abstracto el tratamiento de los planteos que se refieren a los arts. 16 y 22 de la ley 24.463, pues la defensa de limitación de recursos ha sido derogada por la ley 26.153, que también modificó el término para cumplir la condena, por lo que sólo cabe adecuar el plazo otorgado por la alzada al allí previsto (art. 21)."

"Las objeciones relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir por razones de brevedad."

"Los restantes planteos de la accionada no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación adecuada, por lo que cabe rechazarlos."

Normas que cita

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • Pérez, María Magdalena c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 31/03/2009
  • DomínguezCSJN · Fallos 326:1436
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.