INSTRUMENTOS MUSICALES SA c/ INVERSORA LERMOND SA s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Civil que había declarado inconstitucional la pesificación y fijado una tasa del 4% anual, y devolvió los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento. El Tribunal remitió a los fundamentos del precedente Longobardi sobre la constitucionalidad de las normas de pesificación aplicadas a deudas en mora.
¿Quién es el actor?
Instrumentos Musicales S.A.
¿A quién se demanda?
Inversora Lermond S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria.
¿Qué se resolvió?
se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario de la demandada, se revocó la sentencia apelada y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Debe evaluarse si la causa se encuentra dentro de la excepción al régimen de pesificación prevista por el art. 1°, inc. g, del decreto 410/2002, invocada por la actora. Las costas de esta instancia se impusieron en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el Tribunal sostuvo que "las cuestiones planteadas vinculadas con la constitucionalidad y aplicación de las normas sobre pesificación a las deudas que se encontraban en mora con anterioridad a su entrada en vigencia, resultan sustancialmente análogas, en lo pertinente, a lo resuelto por el Tribunal en el precedente 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad". Agregó que "determinada la constitucionalidad y aplicación al caso de las citadas disposiciones legales, corresponde revocar la sentencia apelada y devolver los autos principales al tribunal a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento". Los jueces Fayt y Argibay se remitieron a su disidencia en la causa citada.
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Normas que cita
- Decreto 410art. 1
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- LongobardiCSJN · Fallos 330:5345
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