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Corte Suprema

MIÑO RODOLFO RENE Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO DE LA NACION Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedente la queja y admisible el recurso extraordinario deducido por el Estado Nacional en la causa Miño, Rodolfo René y otros c/ Poder Ejecutivo de la Nación. Por remisión a los fundamentos del precedente Pita (P.441.XLI), revocó el fallo apelado con el alcance indicado en aquella causa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 722. XLIV. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Remision a precedente Causa pita Estado nacional Ministerio de defensa Revocacion Costas Art. 68 cpccn Reclamo de personal militar

¿Quién es el actor?

Rodolfo René Miño y otros.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo de la Nación (Estado Nacional - Ministerio de Defensa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO a partir del texto (la sentencia no reproduce el reclamo; remite a otra causa).

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente la queja, se consideró formalmente admisible el recurso extraordinario del demandado y se revocó el fallo apelado, con el alcance indicado en el precedente, con costas según el art. 68 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa P.441.XLI 'Pita, Augusto Axel y otros c/ Estado Nacional-Ministerio de Defensa', sentencia del 7 de abril de 2.009, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

"Por ello, y habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal en el precedente citado, se declara procedente la queja, formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por el demandado y, con el alcance indicado, se revoca el fallo apelado."

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Pita, Augusto Axel y otros c/ Estado Nacional-Ministerio de DefensaCSJN · 07/04/2009

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